La modificación a la Ley del Registro Civil amplía las opciones para madres, padres y personas adoptantes al momento de registrar a sus hijas e hijos, luego de que la Suprema Corte determinara que la restricción anterior vulneraba el derecho a la identidad.
Mérida, Yucatán.- Las familias de Yucatán podrán registrar a sus hijas e hijos utilizando apellidos compuestos o más de dos apellidos simples correspondientes a una misma persona, luego de que se modificara la Ley del Registro Civil del estado en cumplimiento de una resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La reforma elimina la restricción que impedía formar apellidos compuestos durante el registro de nacimiento y reconoce una mayor libertad para que madres, padres y personas adoptantes elijan la forma en que sus hijos serán inscritos oficialmente.
El cambio deriva de la Acción de Inconstitucionalidad 115/2024, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), mediante la cual se impugnó el artículo 40 de la Ley del Registro Civil de Yucatán. La Suprema Corte concluyó que la prohibición absoluta de utilizar apellidos compuestos resultaba contraria al derecho a la identidad y limitaba injustificadamente la libertad de las familias para elegir el nombre de sus hijos.
Con la modificación legal, las personas progenitoras podrán conservar apellidos compuestos ya existentes o integrar más de dos apellidos simples cuando estos pertenezcan a una misma persona, evitando que se pierdan elementos de identidad familiar durante el registro civil.
La SCJN sostuvo que el Estado debe garantizar el derecho a la identidad sin imponer restricciones desproporcionadas sobre la forma en que las familias deciden nombrar a sus hijas e hijos, siempre que ello no afecte el interés superior de la niñez ni genere confusión respecto de la identidad de las personas.
Especialistas consideran que esta modificación fortalece el reconocimiento de las distintas formas de integración familiar y evita que los apellidos compuestos desaparezcan por limitaciones previstas en la legislación local. Asimismo, brinda mayor certeza jurídica a quienes desean preservar la identidad familiar de generaciones anteriores.
La reforma coloca a Yucatán entre las entidades que han actualizado su legislación registral para armonizarla con los criterios constitucionales establecidos por la Suprema Corte en materia de derecho a la identidad y no discriminación.
Con este cambio, el Registro Civil del estado deberá aplicar las nuevas disposiciones en los trámites de nacimiento, permitiendo que las familias ejerzan una mayor libertad al momento de elegir los apellidos con los que serán inscritos sus hijos.





