La resolución del Tribunal Electoral de Michoacán establece medidas de reparación a favor de Grecia Quiroz e incluye la inscripción del senador en el Registro Nacional de Personas Sancionadas por este tipo de conductas.
Ciudad de México.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEMich) determinó que el senador de Morena, Gerardo Fernández Noroña, incurrió en violencia política contra las mujeres en razón de género en perjuicio de Grecia Quiroz García, presidenta municipal de Uruapan, por expresiones que, a consideración de la autoridad jurisdiccional, buscaron desacreditar su imagen y restar legitimidad a sus aspiraciones políticas.
La resolución fue aprobada por unanimidad de las magistraturas del tribunal local, que concluyó que los señalamientos realizados por el legislador excedieron los límites del debate político al centrarse en descalificaciones personales y no únicamente en cuestionamientos sobre el desempeño público de la alcaldesa.
Como parte de la sentencia, el órgano electoral ordenó la inscripción de Fernández Noroña en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género por un periodo de seis meses. Asimismo, deberá cumplir diversas medidas de reparación en favor de la presidenta municipal y la resolución será notificada al Senado de la República para los efectos correspondientes.
El caso se originó a partir de una denuncia presentada por Grecia Quiroz, quien acusó al senador de emitir expresiones que afectaban su reputación y buscaban deslegitimar su participación en la vida política, particularmente tras asumir la presidencia municipal de Uruapan y manifestar su intención de participar en el proceso electoral de 2027.
En una primera etapa, el Instituto Electoral de Michoacán ordenó retirar diversas publicaciones difundidas por el legislador y le instruyó abstenerse de realizar nuevas manifestaciones que pudieran constituir violencia política de género. Posteriormente, el asunto llegó al Tribunal Electoral del Estado, que inicialmente desechó la queja; sin embargo, esa determinación fue revocada por la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la cual ordenó emitir una nueva resolución.
Al volver a estudiar el expediente, el tribunal michoacano concluyó que las expresiones denunciadas tuvieron como finalidad demeritar la imagen pública de la alcaldesa y afectar el ejercicio de sus derechos político-electorales, por lo que declaró la existencia de la infracción.
Fernández Noroña ha rechazado las acusaciones y ha sostenido que sus declaraciones formaban parte del debate político y de su libertad de expresión. No obstante, la resolución del tribunal mantiene que las manifestaciones rebasaron ese ámbito al estar dirigidas a desacreditar personalmente a la funcionaria.
La sentencia representa un nuevo precedente en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, al reiterar que las personas servidoras públicas que acceden a un cargo por sustitución o designación también cuentan con la protección prevista por la legislación electoral frente a este tipo de conductas.





