El Pleno pospuso el análisis de un proyecto de la ministra Lenia Batres relacionado con el cumplimiento de una sentencia de reparación para una víctima indirecta del asesinato de la mujer trans ocurrido en 2016.
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó la discusión de un proyecto relacionado con el caso de Paola Buenrostro, mujer trans asesinada en la Ciudad de México en 2016, cuyo expediente volvió a cobrar relevancia tras la reciente detención del presunto responsable.
El asunto que analiza la Corte corresponde a una denuncia por inejecución de sentencia promovida por una víctima indirecta del caso. El proyecto, elaborado por la ministra Lenia Batres Guadarrama, plantea determinar que la sentencia federal ya fue cumplida, luego de que las autoridades presentaran nuevas medidas para reparar el daño.
El origen del litigio se encuentra en las irregularidades documentadas durante la investigación del asesinato de Buenrostro. En 2019, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México emitió una recomendación en la que señaló violaciones a los derechos humanos relacionadas con la investigación y atención de las víctimas.
Posteriormente, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAVI) estableció medidas de reparación, pero éstas fueron impugnadas. Un juez federal ordenó emitir una nueva resolución con perspectiva de género y, posteriormente, un Tribunal Colegiado amplió las medidas para establecer una reparación integral.
Ante el señalamiento de que las autoridades no habían cumplido con lo ordenado, en 2024 se inició un incidente de inejecución que llegó a la SCJN.
Sin embargo, en julio de 2026 un juzgado federal determinó que la sentencia había sido cumplida después de que la CEAVI presentó un nuevo Plan Integral de Reparación del Daño. El proyecto que analiza ahora la Corte parte de esa determinación.
El aplazamiento ocurre en un momento de especial atención al caso, luego de que Arturo “N”, señalado como presunto responsable del asesinato de Paola Buenrostro, fuera detenido el 31 de agosto en Nicolás Romero, Estado de México, casi una década después del crimen.
Durante la audiencia inicial, el Ministerio Público formuló imputación por homicidio calificado. La Fiscalía capitalina explicó que la orden de aprehensión fue emitida en 2016 bajo ese delito, cuando todavía no existía en la legislación local el tipo penal de transfeminicidio.
La Fiscalía no descartó que el delito pueda ser reclasificado posteriormente si durante la investigación complementaria se acreditan las circunstancias legales necesarias. Colectivos y víctimas indirectas, sin embargo, han exigido que el caso sea llevado como transfeminicidio.
El caso de Buenrostro se convirtió en un referente para la lucha por los derechos de las personas trans y posteriormente impulsó cambios legales en la Ciudad de México. No obstante, la discusión que la SCJN mantiene actualmente se concentra en el cumplimiento de las medidas de reparación derivadas de una sentencia previa y no en determinar la clasificación penal del asesinato.






