El Tribunal Electoral del Estado (TEE) de San Luis Potosí emitió una resolución histórica al ordenar al Congreso local reformar la legislación estatal para permitir que las comunidades indígenas elijan a sus autoridades mediante sus propios sistemas normativos internos. Esta determinación surge tras declarar la existencia de una omisión legislativa que vulnera los derechos de autodeterminación de los pueblos originarios. Con este fallo, el Poder Legislativo potosino queda obligado a armonizar el marco jurídico estatal con la Constitución Federal para garantizar el reconocimiento pleno de estos grupos como sujetos de derecho público.
La sentencia responde a un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por integrantes de diversas comunidades indígenas de la región. Los demandantes señalaron que la actual falta de adecuación normativa les impide transitar de un sistema de partidos políticos a uno basado en usos y costumbres, lo cual limita su autonomía y representación política. El órgano jurisdiccional determinó que, si bien el Congreso ha realizado acciones preliminares tras la reforma constitucional federal de 2024, estas no han cristalizado en cambios legales concretos ni en leyes secundarias efectivas.
Como parte del mandato judicial, se vinculó al Congreso del Estado para que inicie y concluya el proceso legislativo correspondiente en un plazo máximo de 90 días naturales. La reforma deberá asegurar que los pueblos y comunidades indígenas, así como los afromexicanos, posean personalidad jurídica y patrimonio propio bajo condiciones de libre determinación. Asimismo, la resolución exige que el nuevo marco legal respete los principios de consulta previa, libre e informada, asegurando que cualquier cambio en las formas de gobierno local cuente con el respaldo directo de las poblaciones involucradas.
En un esfuerzo por garantizar la máxima publicidad y comprensión de la sentencia, el Tribunal instruyó a la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado para que realice la traducción del fallo a las lenguas tének y náhuatl. Estas versiones, tanto escritas como en audio, deberán presentarse en formatos de lectura fácil para facilitar su difusión entre los habitantes de la zona Huasteca y otras regiones con presencia indígena. Esta medida busca eliminar las barreras lingüísticas y asegurar que los beneficiarios directos de la resolución conozcan el alcance de sus derechos ganados en tribunales.
Aunque el Poder Legislativo aún tiene la facultad de impugnar esta decisión ante la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la orden representa un avance significativo en la agenda de derechos humanos de la entidad. El cumplimiento de esta sentencia sentaría las bases para un sistema democrático más plural en San Luis Potosí, donde convivan los procesos electorales tradicionales y las estructuras organizativas ancestrales. El seguimiento de los plazos establecidos será crucial para determinar la voluntad política del Congreso en la atención de este rezago histórico.





