Una resolución judicial confirmó el derecho de los padres de militares fallecidos a recibir pensión bajo el régimen del ISSFAM, siempre que acrediten dependencia económica, estableciendo un precedente relevante para las familias de integrantes de las Fuerzas Armadas en México.
Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que los padres de integrantes de las Fuerzas Armadas que pierdan la vida en funciones tienen derecho a recibir una pensión del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. Sin embargo, el máximo tribunal del país estableció como condición obligatoria que los ascendientes demuestren legalmente que existía una relación de dependencia económica con el elemento fallecido. Esta determinación valida la constitucionalidad de las normas actuales que rigen las prestaciones sociales dentro de la estructura militar en México.
El fallo de los ministros surgió a partir del amparo promovido por un adulto mayor a quien originalmente se le negó el beneficio económico tras el deceso de su hijo en el servicio activo. Aunque el solicitante comprobó plenamente el lazo consanguíneo, la institución de seguridad social castrense rechazó la petición debido a la falta de pruebas sobre el sustento financiero que recibía. El caso escaló hasta el pleno de la corte para analizar si las condiciones de acceso vulneraban las garantías individuales de los familiares.
Durante el debate legislativo y judicial, los integrantes de la corte evaluaron los límites de la protección familiar y la equidad en el reparto de los fondos de retiro. La resolución final consideró que exigir la comprobación de ingresos compartidos no constituye un acto discriminatorio, ya que es un filtro que se aplica de manera generalizada a otros posibles beneficiarios de la misma ley, tales como hermanos o hijos mayores de edad que se encuentran en etapa de estudios.
La votación del pleno reflejó posturas encontradas respecto al impacto de la medida en los sectores más vulnerables de la población, particularmente en las personas de la tercera edad. Algunos ministros argumentaron en contra al señalar que imponer cargas administrativas adicionales a los adultos mayores podría obstaculizar su acceso a una vejez digna. A pesar de los disensos, la mayoría ratificó que el Poder Legislativo posee la facultad de diseñar el sistema de seguridad social militar bajo criterios de control presupuestal y legal.
Con esta resolución oficial, las familias de los soldados mexicanos se enfrentan a un marco normativo claro pero riguroso para reclamar las indemnizaciones correspondientes. Las futuras solicitudes ante el instituto de seguridad castrense requerirán de documentación contable o judicial que certifique el apoyo financiero previo a la pérdida. El criterio establecido por el tribunal servirá como guía definitiva para resolver los juicios pendientes y las controversias administrativas similares en todo el territorio nacional.





