La ministra Lenia Batres fue la única integrante del Pleno que se pronunció en contra de la resolución, al sostener una postura distinta sobre el recurso promovido por la autoridad fiscal en uno de los litigios tributarios más relevantes analizados por la Suprema Corte.
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió mantener firme la nulidad de un crédito fiscal por aproximadamente 2 mil 868 millones de pesos determinado contra Fomento Económico Mexicano (FEMSA), luego de que la mayoría de los ministros desechara el recurso promovido por la autoridad hacendaria.
La resolución fue aprobada con el voto mayoritario del Pleno, mientras que la ministra Lenia Batres Guadarrama fue la única integrante de la Corte que se pronunció en sentido contrario, al considerar que el asunto debía analizarse de fondo debido a su relevancia económica y jurídica.
El litigio deriva de un crédito fiscal determinado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) relacionado con el ejercicio fiscal de 2011. En 2024, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de dicho crédito, resolución que posteriormente fue impugnada por la autoridad fiscal mediante un recurso de revisión.
Durante la sesión, la mayoría de los ministros concluyó que el recurso presentado por la autoridad no cumplía con los requisitos legales para ser estudiado por la Suprema Corte, por lo que la sentencia emitida previamente por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa quedó firme.
El caso llamó la atención debido a que fue la propia ministra Lenia Batres quien, meses atrás, impulsó que la Suprema Corte ejerciera su facultad de atracción para conocer el expediente, al estimar que la controversia planteaba cuestiones de interés excepcional en materia tributaria. Sin embargo, al momento de resolver el asunto, su postura no fue compartida por el resto del Pleno.
La decisión no implica que la Corte haya determinado si FEMSA debía o no pagar el crédito fiscal originalmente reclamado, sino que confirmó que el recurso de revisión promovido por la autoridad hacendaria era improcedente, dejando firme la resolución favorable obtenida previamente por la empresa.
Especialistas consideran que el fallo refuerza los criterios sobre los límites procesales de los recursos de revisión en materia fiscal y la importancia de que las autoridades cumplan con los requisitos establecidos por la ley para impugnar resoluciones emitidas por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Con esta resolución concluye uno de los litigios fiscales de mayor cuantía que llegaron recientemente a la Suprema Corte, en un asunto que generó atención por el monto involucrado y por el debate jurídico sobre el alcance de los medios de impugnación disponibles para la autoridad tributaria.





