La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó, por unanimidad de votos, que la ministra Lenia Batres Guadarrama no tiene impedimentos legales para conocer y resolver el amparo interpuesto por la empresa Dish México. El conflicto legal se deriva de un adeudo fiscal que asciende a 223 millones de pesos, relacionado con una controversia por el presunto doble cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Con esta resolución, el Máximo Tribunal desecha la solicitud de la compañía, la cual argumentaba que las posturas públicas previas de la ministra comprometían su imparcialidad en el proceso.
La queja fue promovida por Comercializadora de Frecuencias Satelitales (razón social de Dish), invocando la Ley de Amparo para separar a Batres del caso debido a sus críticas publicadas en redes sociales y artículos de opinión sobre el comportamiento fiscal de grandes empresas. No obstante, el proyecto aprobado por el Pleno concluyó que no existen elementos objetivos que demuestren una pérdida de objetividad por parte de la juzgadora. Los ministros coincidieron en que el ejercicio de la libertad de expresión y la manifestación de criterios jurídicos generales no constituyen una causa suficiente para inhabilitar a un integrante de la Corte en asuntos específicos.
Este asunto, identificado bajo el amparo directo en revisión 6710/2024, se encuentra actualmente en la ponencia de la propia ministra Batres y forma parte de un paquete de expedientes fiscales de alto perfil que la Corte debe desahogar. La defensa de la empresa sostenía que las declaraciones de la ministra sobre la obligación de los grandes contribuyentes de cumplir con sus cuotas tributarias generaban un sesgo en su contra. Sin embargo, la resolución judicial ratifica que los juzgadores pueden mantener una visión institucional sobre la recaudación sin que esto afecte la valoración técnica de cada expediente individual.
La decisión de la SCJN se produce en un entorno de mayor vigilancia sobre los tiempos de resolución de créditos fiscales, conforme a las nuevas directrices de transparencia y rendición de cuentas del Poder Judicial. El tribunal subrayó que la participación de Batres garantiza la continuidad del trámite procesal, evitando retrasos innecesarios en la definición de si la empresa debe o no liquidar el monto reclamado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Este fallo sienta un precedente relevante sobre los límites de las recusaciones basadas en la actividad pública de los ministros en medios digitales.
Finalmente, el caso Dish se perfila para ser votado en las próximas sesiones del Pleno, una vez que se presente el análisis de fondo sobre la constitucionalidad del cobro del IVA en disputa. La resolución final tendrá implicaciones directas en la hacienda pública y en la interpretación de las obligaciones fiscales para el sector de telecomunicaciones en el país. El desenlace de este litigio marcará la pauta sobre cómo la nueva integración de la Corte abordará las estrategias de defensa de los grandes capitales frente a las autoridades recaudadoras del Estado mexicano.





