El PAN impugnó el mecanismo que asigna municipios para postular candidatas a las alcaldías en 2027. El Legislativo estatal sostiene que la reforma busca ampliar las oportunidades de las mujeres para gobernar.
El Congreso de Chiapas alista su defensa jurídica ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) luego de que el Partido Acción Nacional (PAN) promoviera una acción de inconstitucionalidad contra la reforma electoral conocida como Ley de Paridad Efectiva. La controversia se centra en el procedimiento establecido para determinar en qué municipios los partidos deberán postular mujeres a las presidencias municipales.
La presidenta de la Mesa Directiva del Congreso local, Marcela Castillo Atristain, afirmó que el Poder Legislativo defenderá la reforma, impulsada por el gobernador Eduardo Ramírez Aguilar y aprobada por unanimidad en la LXIX Legislatura. La diputada sostuvo que las modificaciones buscan fortalecer la participación política de las mujeres y ampliar sus posibilidades de llegar a espacios de decisión.
La impugnación del PAN no plantea, según la dirigencia estatal del partido, una oposición al principio de paridad, sino al mecanismo utilizado para aplicarlo. Su cuestionamiento se dirige a la intervención de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Congreso en la distribución territorial de las postulaciones, una tarea que —argumenta— debería corresponder a la autoridad electoral especializada de Chiapas, el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC).
La reforma modificó las reglas para fortalecer la paridad horizontal y vertical en las planillas municipales de cara a las elecciones de 2027. Como parte del procedimiento previsto en el decreto, la Jucopo realizó una insaculación el 27 de septiembre para definir los municipios en los que los partidos deberán postular mujeres. El resultado determinó 62 municipios asignados a candidaturas femeninas y 61 clasificados como de género libre, según los reportes publicados sobre el proceso.
El presidente de la Jucopo, Mario Guillén Guillén, defendió la intervención del órgano legislativo y señaló que el artículo segundo transitorio del Decreto 307 estableció ese procedimiento por única ocasión. Afirmó que la insaculación se realizó ante un notario público y con presencia de las fuerzas políticas representadas en el Congreso, incluido el PAN. Estos argumentos forman parte de la defensa que el Legislativo prevé presentar ante las autoridades competentes.
La discusión ocurre mientras los partidos preparan sus estrategias para las elecciones municipales de 2027. La dirigencia panista sostiene que la asignación de municipios debe cumplir con los principios de legalidad, certeza, imparcialidad y autonomía electoral; el Congreso, por su parte, afirma que la reforma pretende evitar que las candidaturas femeninas se concentren en municipios con menores posibilidades de triunfo.
La SCJN deberá examinar los argumentos de la acción de inconstitucionalidad y determinar si el mecanismo impugnado se ajusta al marco constitucional. Hasta que exista una resolución, la presentación del recurso no significa que la reforma haya sido invalidada ni que el principio de paridad esté en discusión en sí mismo: el litigio se enfoca en el procedimiento elegido para instrumentarlo.






