martes, 20 de octubre de 2026

SCJN descarta atraer recurso de Tomás Yarrington contra auto de formal prisión

Ninguno de los nueve ministros hizo suya la solicitud del exgobernador de Tamaulipas, por lo que el asunto continuará ante un tribunal colegiado, sin que la Corte analice el fondo del proceso penal.

Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la solicitud para atraer un recurso promovido por la defensa de Tomás Yarrington Ruvalcaba, exgobernador de Tamaulipas, con el que buscaba revertir la negativa de suspender los efectos de un tercer auto de formal prisión dictado en su contra por presuntos delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

La determinación se tomó luego de que ninguno de los nueve ministros manifestara su intención de hacer suya la petición, identificada como solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 1150/2026. La Corte señaló que el planteamiento fue presentado por una parte sin legitimación para solicitar directamente que el máximo tribunal conociera del recurso de revisión incidental 215/2025. <Cite refs={[“turn316133search4″,”turn316133search1”]}/>

El procedimiento se relaciona con la negativa de un juzgado federal a conceder la suspensión definitiva para detener los efectos de la resolución de formal prisión emitida contra Yarrington en junio de 2025. El exmandatario enfrenta acusaciones por su probable responsabilidad en delitos relacionados con delincuencia organizada y lavado de dinero; las imputaciones deberán distinguirse de una sentencia condenatoria. <Cite refs={[“turn316133search3″,”turn316133search4”]}/>

De acuerdo con la información difundida sobre el expediente, la facultad para solicitar la atracción en este caso corresponde a autoridades y órganos judiciales determinados, entre ellos la Fiscalía General de la República, el Ejecutivo federal, los tribunales colegiados de circuito o los propios ministros. Al no asumir ninguno de ellos la petición, la SCJN no abrió la vía para revisar el asunto.

El recurso continuará su trámite ante el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, que deberá analizar la impugnación y resolver si confirma o modifica la decisión del juzgado de amparo. <Cite refs={[“turn316133search3″,”turn316133search4”]}/>

La decisión de la Corte se limita a la solicitud de atracción y al trámite relacionado con la suspensión del auto de formal prisión. Por tanto, no representa una resolución de fondo sobre la responsabilidad penal de Yarrington ni sustituye el análisis que corresponde a las autoridades judiciales que conocen de sus procesos.

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