lunes, 19 de octubre de 2026

Corte atrae caso de María Elena Ríos y revisará anulación de juicio por ataque con ácido

Por siete votos contra uno, el Pleno aceptó revisar los amparos de Juan Antonio Vera Carrizal y otros acusados para determinar si fue legal dejar sin efectos una absolución y ordenar la reposición del juicio.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió atraer los amparos relacionados con el caso de la saxofonista oaxaqueña María Elena Ríos, sobreviviente de un ataque con ácido ocurrido en septiembre de 2019. La resolución, aprobada el 19 de octubre por siete votos contra uno, permitirá al máximo tribunal examinar la legalidad de las decisiones judiciales que anularon la absolución de los acusados, entre ellos el exdiputado local Juan Antonio Vera Carrizal.

La solicitud fue impulsada por el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz y la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quienes hicieron suya la petición de la víctima. La única oposición fue de la ministra María Estela Ríos González. Con la atracción, los expedientes serán turnados a una ministra o ministro que elaborará un proyecto para su posterior discusión en el Pleno.

El punto central del análisis será determinar si una jueza sustituta podía dejar sin efectos la sentencia absolutoria y ordenar que se repitiera el juicio oral después de que el juez que presenció las pruebas fue suspendido de sus funciones. En ese momento, según los antecedentes expuestos ante la Corte, únicamente estaban pendientes la redacción de la sentencia y la audiencia para su lectura y explicación.

El 14 de agosto de 2024, el juez José Gabriel Ramírez Montaño absolvió a Vera Carrizal y a otros dos acusados por el ataque contra Ríos. Ese mismo día, la jueza sustituta María Antonia Esteva Domínguez dejó sin efectos la decisión y frenó la liberación de los imputados. La controversia derivó en diversos recursos de amparo que ahora serán revisados por la SCJN.

Durante la sesión, Loretta Ortiz señaló que el caso plantea cuestiones relevantes sobre el principio de inmediación, que exige que la persona juzgadora tenga contacto directo con las pruebas del proceso, y sobre las facultades de quien sustituye a un juez para modificar una resolución cuando no presenció la audiencia de juicio. La ministra sostuvo que el análisis también tiene implicaciones para el acceso a la justicia de las víctimas de violencia de género.

El ataque ocurrió el 9 de septiembre de 2019 y provocó lesiones graves y permanentes a la saxofonista. Ríos señaló a su expareja, Vera Carrizal, como presunto autor intelectual. Su hijo, Juan Antonio Vera Hernández, también ha sido señalado por su probable participación y permanece prófugo, según los reportes periodísticos. Las acusaciones deberán distinguirse de una sentencia definitiva sobre la responsabilidad penal de cada imputado.

La decisión de atraer el asunto no resuelve todavía si la absolución debía mantenerse ni si la reposición del juicio fue legal. La Corte deberá estudiar los expedientes y emitir una resolución de fondo que precise los alcances del principio de inmediación y las atribuciones de una jueza o juez sustituto en circunstancias como las de este caso.

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