La Sala Superior determinó que el promocional partidista puede mantenerse porque no se acreditan actos de calumnia que sustenten su retiro de la pauta oficial.
Ciudad de México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que Morena podrá mantener la difusión de un spot en el que aparece la imagen del empresario Ricardo Salinas Pliego, al concluir que no existen elementos para considerar, de manera preliminar, que el promocional constituya calumnia o una infracción electoral que amerite su retiro.
La controversia surgió a raíz de la difusión del promocional denominado “Por el bien”, en el que se muestra una fotografía del propietario de Grupo Salinas mientras se emite un mensaje crítico sobre sectores económicos y políticos. Salinas Pliego promovió recursos legales al considerar que el contenido afectaba su honor y reputación.
Previamente, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) había rechazado la solicitud de medidas cautelares para retirar el material de radio y televisión. Inconforme con esa decisión, el empresario acudió ante las instancias jurisdiccionales electorales para impugnar la determinación.
Al analizar el caso, la mayoría de los magistrados respaldó el criterio de que el promocional puede permanecer al aire mientras se desarrolla el estudio de fondo del asunto. La resolución consideró que no se acreditaba, en esta etapa preliminar, una vulneración que justificara suspender la difusión del mensaje partidista.
Además, el Tribunal Electoral confirmó que la dirigente nacional de Morena, Luisa María Alcalde, no podía ser responsabilizada de manera individual por el contenido del spot, al tratarse de propaganda atribuida formalmente al partido político y no a una expresión personal.
En otro aspecto de la controversia, los magistrados también sostuvieron que Televisión Azteca carecía de legitimación para presentar una queja por presunta calumnia en representación del empresario, al considerar que el derecho al honor es de carácter personal y debe ser defendido directamente por la persona que se considere afectada.
No obstante, durante la discusión del asunto hubo posturas divergentes. Algunos integrantes del tribunal consideraron que el caso ameritaba un análisis más estricto respecto de los límites que deben observar los partidos políticos cuando utilizan imágenes de particulares en propaganda electoral.
Con esta resolución, Morena conserva la posibilidad de seguir transmitiendo el promocional mientras continúan los procedimientos relacionados con las quejas presentadas por el empresario. El caso se suma a la serie de disputas legales que en los últimos meses han enfrentado a Ricardo Salinas Pliego con diversas autoridades e instituciones públicas.





