El tribunal federal confirmó el fallo local que declaró inexistente la infracción; determinó que las manifestaciones de Cuauhtémoc Estrada Estrada corresponden al debate legislativo y no demeritan la condición de mujer de Jael Argüelles Díaz.
Guadalajara, Jalisco. — Por considerar que las críticas públicas vertidas en el Congreso de Chihuahua forman parte del debate parlamentario ordinario, la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el diputado local Cuauhtémoc Estrada Estrada no incurrió en violencia política contra las mujeres en razón de género en perjuicio de la legisladora Jael Argüelles Díaz. Con este fallo, el pleno federal confirmó la resolución previa del tribunal electoral local que había declarado la inexistencia de dicha infracción.
Al desahogar el juicio ciudadano SG-JDC-853/2026, la magistrada y los magistrados calificaron como infundados los agravios de Argüelles Díaz, quien argumentaba que las manifestaciones de su homólogo menospreciaban e invalidaban su labor legislativa. La sentencia federal determinó que los pronunciamientos denunciados se centraron en cuestionamientos estrictamente políticos y de agenda partidista, sin contener elementos o estereotipos que atacaran su condición de mujer.
Derivado de la resolución de fondo, la Sala Regional dejó formalmente sin efectos las medidas de protección de carácter preventivo que la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua había dictado originalmente en favor de la denunciante durante el desarrollo del litigio.










